El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEHD) condena a España por no proteger la privacidad de cinco trabajadoras que fueron despedidas tras ser captadas por una cámara oculta mientras robaban.
Los hechos ocurrieron en un supermercado de Barcelona, en el que el gerente colocó cámaras de seguridad con acuerdo previó de los trabajadores. Sin embargo, se colocaron otras cámaras en lugares que los empleados desconocían.
Gracias a esto, las grabaciones descubrieron que cinco trabajadoras, no solo se dedicaban a robar, sino también ayudaban a otros compañeros y clientes a extraer productos sin pagarlos. Ante estas evidencias, las empleadas fueron despedidas por motivos disciplinarios.
A pesar de que el supermercado llegó a un acuerdo con tres de ellas para no realizar ninguna queja posterior, todas las trabajadoras impugnaron su despido ante tribunales españoles por considerar que se vulneró su derecho a la intimidad en el trabajo al desconocer la existencia de esas cámaras.
Este hecho ha sido condenado por el TEHD, ya que esta falta de información supone el incumplimiento de la Ley Española de Protección de Datos y del artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. No obstante, el Tribunal avala el despido y reconoce que el procedimiento fue justo al existir más pruebas además de las grabaciones.